Page 99 - PROGRAMA DE MANEJO ÁREA NATURAL PROTEGIDA Cerros de San Bartolomé
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Elaboración del Estudio “Diagnóstico y Programa de Manejo del Área
                                                     Natural Protegida Los Divisaderos”, municipio de Celaya, Gto




                  ESPECIES EN CATEGORÍA DE PROTECCIÓN LEGAL.


                  En México la legislación ambiental cuenta con la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-
                  2010, “Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías

                  de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo”,
                  en la cual se han establecido las siguientes categorías de riesgo:


                  Probablemente  extinta  en  el  medio  silvestre  (E):  Aquella  especie  nativa  de  México  cuyos
                  ejemplares  en  vida  libre  dentro  del  Territorio  Nacional  han  desaparecido,  hasta  donde  la

                  documentación  y  los  estudios  realizados  lo  prueban,  y  de  la  cual  se  conoce  la  existencia  de
                  ejemplares vivos, en confinamiento o fuera del Territorio Mexicano.


                  En peligro de extinción (P): Aquellas cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones

                  en  el  Territorio  Nacional  han  disminuido  drásticamente  poniendo  en  riesgo  su  viabilidad
                  biológica en todo su hábitat natural, debido a factores tales como la destrucción o modificación
                  drástica  del  hábitat,  aprovechamiento  no  sustentable,  enfermedades  o  depredación,  entre
                  otros.



                  Amenazadas (A): Aquellas que podrían llegar a encontrarse en peligro de desaparecer a corto o
                  mediano plazo, si siguen operando los factores que inciden negativamente en su viabilidad, al
                  ocasionar el deterioro o modificación de su hábitat o disminuir directamente el tamaño de sus
                  poblaciones.



                  Sujetas a protección especial (Pr): Aquellas que podrían llegar a encontrarse amenazadas por
                  factores que inciden negativamente en su viabilidad, por lo que se determina la necesidad de
                  propiciar su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de poblaciones de
                  especies asociadas.


                  Especie  endémica:  Aquella  cuyo  ámbito  de  distribución  natural  se  encuentra  circunscrito
                  únicamente  al  Territorio  Nacional  y  a  las  zonas  donde  la  Nación  ejerce  su  soberanía  y
                  jurisdicción.






                  “Este Estudio Diagnóstico y Programa de Manejo se cubrió con cargo a los recursos del Fondo para el Mejoramiento
                                          y Descentralización Ambiental del Estado de Guanajuato”
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