Page 353 - PROGRAMA DE MANEJO ÁREA NATURAL PROTEGIDA Cerros de San Bartolomé
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Elaboración del Estudio “Diagnóstico y Programa de Manejo del Área
Natural Protegida Los Divisaderos”, municipio de Celaya, Gto
IX.11. Fundamento Legal
A nivel federal
La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, menciona en su artículo 46.-
Se consideran áreas naturales protegidas, las zonas de conservación ecológica municipales, así
como las demás categorías que establezcan las legislaciones locales. Asimismo corresponde a los
municipios establecer estas zonas. En las áreas naturales protegidas no podrá autorizarse la
fundación de nuevos centro de población. En las áreas naturales protegidas queda prohibida la
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introducción de especies exóticas invasoras.
El municipio de Celaya cuenta con el Plan de Acción Climática Municipal proyecto impulsado en
México, Gobiernos Locales para la sustentabilidad, financiado por la Embajada Británica en
México y cuenta con el respaldo técnico del Instituto Nacional de Ecología (INE) de la Secretaria
de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT); en el cual se tiene como una de las
estrategias de mitigación la captura de carbono que proporcionan las coberturas vegetales.
A nivel estatal
Jurídicamente se daría cumplimiento al Código Territorial para el Estado y los Municipios de
Guanajuato donde se menciona en su Artículo 74 que corresponde a los municipios formular,
aprobar y administrar la zonificación de sus respectivas circunscripciones territoriales y de
acuerdo al Artículo 75 que la zonificación se establecerá en el programa municipal y precisará
área que comprenden zonas de conservación ecológica, Áreas naturales protegidas, Áreas de
refugio o hábitats críticos para la conservación de la vida silvestre y Zonas de recarga de mantos
acuíferos.
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Conforme al artículo 87 del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato (CTEMG) ,
las Áreas Naturales Protegidas son las zonas del territorio del Estado en las que los ambientales
originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o requieren ser
protegidas, conservadas y restauradas, quedarán sujetas al régimen previsto en el Código, La Ley General
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Última reforma publicada DOF 16-01-2014.
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Publicado el 25 de septiembre del año 2012, en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato.
“Este Estudio Diagnóstico y Programa de Manejo se cubrió con cargo a los recursos del Fondo para el Mejoramiento
y Descentralización Ambiental del Estado de Guanajuato”
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