Page 452 - PROGRAMA DE MANEJO ÁREA NATURAL PROTEGIDA Cerros de San Bartolomé
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Elaboración del Estudio “Diagnóstico y Programa de Manejo del Área
                                                     Natural Protegida Los Divisaderos”, municipio de Celaya, Gto




                  XIV.  REGLAS ADMINISTRATIVAS


                  La  política,  las  leyes  y  la  administración  de  las  áreas  naturales  protegidas  son  aspectos

                  importantes que se interrelacionan, influyendo en el éxito de su manejo a largo plazo. Dichos
                  aspectos comprenden muchos asuntos interdisciplinarios que se combinan para lograr objetivos
                  claros,  una  buena  planificación,  un  desempeño  efectivo  y,  sobre  todo,  el  apoyo  y  la
                  participación de la sociedad.



                  Con el fin de conservar los recursos naturales y sus ecosistemas del ANP “Los Divisaderos ”,
                  evitar acciones que dañen su integridad y permitir que se cumplan las funciones para las que
                  fue decretada, así como para fomentar la educación ambiental, la recreación al aire libre y las
                  actividades ordenadas de uso de los recursos naturales, se establecen las siguientes



                                                    REGLAS ADMINISTRATIVA

                                                            Capítulo I
                                                     Disposiciones generales



                  Regla  1.  Las  presentes  reglas  administrativas  son  de  observancia  general  y  obligatoria  para
                  todas aquellas personas físicas o morales que realicen o pretendan realizar obras o actividades
                  dentro  del  Área  Natural  Protegida  “Los  Divisaderos”,  con  una  superficie  total  de  1,186.28
                  hectáreas, ubicada en el municipio de Celaya.



                  La realización de obras o actividades que se lleven a cabo en el Área Natural Protegida “Los
                  Divisaderos”, se sujetará a las disposiciones establecidas en la Declaratoria correspondiente y en
                  el presente Programa de Manejo.



                  Regla 2. La aplicación de las presentes reglas administrativas corresponde a la Dirección General
                  de Medio Ambiente, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias
                  del  Ejecutivo  Municipal,  Estatal  o  Federal  y  de  conformidad  con  lo  dispuesto  en  los
                  ordenamientos jurídicos aplicables.






                  “Este Estudio Diagnóstico y Programa de Manejo se cubrió con cargo a los recursos del Fondo para el Mejoramiento
                                          y Descentralización Ambiental del Estado de Guanajuato”
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