Page 456 - PROGRAMA DE MANEJO ÁREA NATURAL PROTEGIDA Cerros de San Bartolomé
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Elaboración del Estudio “Diagnóstico y Programa de Manejo del Área
                                                     Natural Protegida Los Divisaderos”, municipio de Celaya, Gto






                  Usuarios. Aquellas personas que ingresan ANP para realizar actividades turísticas, recreativas,
                  culturales, de investigación, esparcimiento, vigilancia o de otro tipo, utilizando
                  Un medio de transporte.



                  Zona de influencia: superficie aledaña al límite de un área natural protegida de competencia
                  estatal o zona de restauración que mantiene con el entorno una interrelación directa ligada a la
                  protección y conservación de sus recursos naturales; y



                  Zonificación  de  un  área  natural  protegida:  delimitación  del  polígono  de  un  área  natural
                  protegida de competencia estatal en zonas definidas en función de su aptitud y conflictos por el
                  uso de suelo y recursos naturales asociados acorde con sus propósitos de conservación y que
                  estarán  sujetas  a  regímenes  diferenciados  en  cuanto  al  manejo,  las  actividades  y  usos

                  permisibles  en  cada  una  de  ellas;  así  como  a  las  limitaciones  y  condicionantes  a  que  dicha
                  actividad quedan sujetas.


                  Regla 5. El uso y aprovechamiento de los recursos naturales dentro del Área Natural Protegida
                  estará sujeto a las siguientes disposiciones:

                      a)  Al  Código  Territorial  para  el  Estado  y  los  Municipios  de  Guanajuato,  las  leyes,

                         reglamentos,  normas  oficiales  mexicanas  y  normas  técnicas  ecológicas  para  la
                         protección, conservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos
                         naturales,  la  flora  y  la  fauna,  y  para  la prevención  de  la  contaminación,  así  como  los
                         establecidos para el municipio de Celaya.



                      b)  A los términos señalados en las concesiones, permisos y autorizaciones otorgadas por las
                         autoridades  federales,  estatales  y  municipales,  en  el  ámbito  de  sus  respectivas
                         competencias.

                      c)  A las demás disposiciones jurídicas aplicables.


                  Regla  6.  Las  actividades  que  se  podrán  llevar  a  cabo  en  el  Área  Natural  Protegida  por  los
                  propietarios,  poseedores,  habitantes  y  visitantes  son  las  que  se  señalan  en  el  presente
                  Programa de Manejo y estarán sujetas a lo siguiente:



                  “Este Estudio Diagnóstico y Programa de Manejo se cubrió con cargo a los recursos del Fondo para el Mejoramiento
                                          y Descentralización Ambiental del Estado de Guanajuato”
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