Page 465 - PROGRAMA DE MANEJO ÁREA NATURAL PROTEGIDA Cerros de San Bartolomé
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Elaboración del Estudio “Diagnóstico y Programa de Manejo del Área
                                                     Natural Protegida Los Divisaderos”, municipio de Celaya, Gto




                                                          CAPITULO VII.

                                                        De la zonificación
                  Regla  43.  Los  usos  y  aprovechamiento  que  se  pretendan  realizar  en  el  ANP,  estarán
                  determinadas  de  conformidad  a  la  zonificación  establecida  en  del  presente  Programa  de

                  Manejo y en las particularidades que a continuación se detallan.


                  1.     Zona Protección:

                  2.     Zona de Aprovechamiento sustentable:

                  3.     Zona de Restauración:

                  4.     Zona de Uso Público:



                  Regla 44.Todo proyecto de obra pública o privada que se pretenda realizar dentro de las zonas
                  de uso público y aprovechamiento sustentable deberá contar previamente a su ejecución con la
                  autorización en materia de impacto ambiental, de conformidad a lo previsto en la LGEEPA y la
                  LPPEG.



                                                          CAPITULO VIII.

                                                       De las prohibiciones.



                  Regla 45. En las Zonas de Protección queda prohibido:


                      o  Cambiar el uso de suelo.

                      o  Realizar  infraestructura  turística,  adecuación  o  construcción  de  senderos,  brechas  o
                         caminos o alguna otra modificación en las características y condiciones naturales de esta
                         zona.

                      o  El  derribo  del  arbolado  con  excepción  de  las  cortas  de  saneamiento  forestal  por  los
                         daños ocasionados ante la incidencia de plagas y enfermedades.

                      o  La construcción de cualquier tipo de infraestructura.

                      o  El uso intensivo de cualquier actividad incluido el turismo, que superen la capacidad de
                         carga y que propicien la perturbación de las condiciones ambientales vigentes.


                  “Este Estudio Diagnóstico y Programa de Manejo se cubrió con cargo a los recursos del Fondo para el Mejoramiento
                                          y Descentralización Ambiental del Estado de Guanajuato”
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